Artículo 19. – La Constitución asegura a todas las personas:
“Que la igualdad sea liberadora para no solo a quienes poseen los medios de trabajo y riquezas. La igualdad es un estado necesario desde el nacimiento hasta la muerte.”
2°. – La igualdad ante la ley.
La igualdad entre las personas se tiene por y para toda la vida, esto es independiente de la riqueza material que tenga o no la persona humana.