Ley 18.362 que crea el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado
“Ley para que las reservas nacionales sean mantenidas sin daño”
“Cuidar, prevenir y crear espacios naturales, atendiendo y aumentando la existencia de áreas de protección”
“Medidas para resguardar las reservas naturales”
Artículo 33.- Los actuales Parques Nacionales, Monumentos
Naturales y Reservas Nacionales integrarán el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado, conservando su calidad de tales. También integrarán dicho Sistema los Parques Nacionales de Turismo, las Reservas de Bosques y las Reservas Forestales. El Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado buscará preservar y mejorar los recursos escénicos, naturales y los elementos culturales ligados a un ambiente natural.